El
Común de Villa y Tierra de Alcalá
Antes de desarrollar este tema, sirvan unas aclaraciones.
Al hablar de la Tierra de Alcalá, no se está pretendiendo
revigorizar antiguas dependencias, jerarquías o situaciones
que pasaron a la Historia. Se hace para destacar unos vínculos
ancestrales, un espacio común; tradiciones y costumbres comunes;
una identidad compartida.
¿Por qué hablar de la Tierra de Alcalá? Cuando
en el siglo XIX se forma la nueva provincia de Madrid, segregada de
la hasta entonces inmensa provincia de Toledo, hubo algo más
que una rutinaria reestructuración política. Las poblaciones
vecinas empezamos a compartir un espacio más reducido con Madrid,
capital no solo de la provincia, sino también 'de las Españas',
con todo lo que eso significa. Imposible fue sustraerse completamente
a tan grande inercia y órbita devoradora.
Entre
los primeros efectos que nos tocó padecer, estuvo la supresión
de la Universidad Complutense, la Cisneriana, la de Alcalá,
para crear con sus restos la Universidad Central de Madrid (nombre
que mantuvo por más de cien años), de nueva planta.
También, pasamos a depender del nuevo Obispado de Madrid. Como
capital del reino, Madrid lo tenía que tener TODO, en su papel
ilustrado-centralista importado de Francia. Especialmente desde entonces,
pareció que toda la provincia era la capital, ella sola; las
poblaciones restantes, meros satélites a su alrededor; ciudades
dormitorio, barrios dependientes, despensas. El término 'madrileño'
llegó a ser algo omnipresente. Incluso la por siglos denominada,
en mapas y voz, Alcarría de Alcalá, en estos tiempos
parece que pasa a denominarse... 'Alcarria Madrileña'.
¿Por qué?
En este siglo XXI, donde una globalización mal entendida supone
la cruel pérdida de identidad, dentro de una vorágine
unificadora y centralista, es difícil encontrar fuera de la
provincia (e incluso dentro) quien sepa distinguir entre chulapos
y manolas de la capital y los ricos rasgos de las comarcas castellanas
del resto de la provincia; coexistentes, respetuosos entre sí;
pero afortunadamente diferentes, abundantes en ancestrales tradiciones,
colorido y folclore.
Cuando
aquí se habla de la Tierra de Alcalá, se hace de un
conjunto de pueblos con identidad común; e identidad propia
individual. Una variedad que enriquece, que es necesario
preservar. De abuelos, a nietos.
No
hay enfrentamiento ni oposición, por supuesto, con nuestros
apreciados vecinos de Madrid-Magerit, con los que se mantienen lazos
entrañables e indisolubles. Pero sí se reclama de
las Administraciones el respeto para los rasgos peculiares, como
Tierra, dentro de una Comarca más amplia y como poblaciones
individuales, con Historia propia. Una Historia que, en numerosos
casos, precede con mucho la de la capital. Las poblaciones de esta
tierra son castellanas y comarcanas por varios siglos; madrileñas,
tan solo por algo más de cien años.
Sin
'nacionalismos', ni resquemores, se quieren alzar de nuevo los añejos
pendones, elevar alegres cantos castellanos, sin connotaciones políticas
ni enemistades. Han de sonar rabeles, dulzainas, panderos... Que las
jotas, villancicos y romances alegren campiñas y páramos.
Porque somos, desde antaño y hacia el futuro, el corazón,
el son de una Tierra que se resiste a ser diluida y olvidada. Si se
reciben nombramientos de Patrimonio de la Humanidad, o de 'maravilla',
por la Universidad, el Henares, la Campiña... si se reconocen
méritos, que sea por el valor de estas tierras, de estos pagos.
De tradiciones e Historia propias; no de vecindades capitalinas mal
entendidas.
Pero no queremos añadir nuevas fronteras, falsas divisiones,
torpes orgullos: queremos rescatar, conservar y compartir,
aunque no de cualquier guisa. ¿Quién mezcla la rica
sopa con el sabroso postre? Y sin embargo, entre todos, cada uno en
su plato, hacen unas buenas viandas.
Por
eso y por mucho más, la Tierra de Alcalá, sus 25 villas,
que fueron menos y fueron más, se ponen en pie nuevamente y
dejan oír sus voces, alegres y esperanzadoras.
La Tierra de Alcalá. Orígenes y componentes
Tras centurias de invasión musulmana, a finales del siglo XI
se reconquista Alcalá. En un primer momento, regresan a manos
hispanas la Alcalá del llano y las tierras de los alrededores.
El castillo de Alcalá la Vieja, en su posición fortificada
al Sur del río Henares, tarda un poco más en ser conquistado.
Finalmente, las tropas del arzobispo de Toledo, el galo Bernardo,
se hacen con el completo control de la Tierra. Alfonso VI era entonces
el rey de Castilla y León, amigo y protector de D. Bernardo,
su promotor a la sede toledana.
Antes de ser invadida por los sarracenos, Alcalá/Complutum
había sido sede episcopal; un obispado que tenía en
parte su razón de ser en el polo de atracción que suponían
las reliquias de los Santos Niños, Justo y Pastor. La práctica
habitual durante la Reconquista consistía en restablecer los
anteriores obispados en sus sedes originales, según éstas
iban siendo recuperadas. Tan solo hubo dos excepciones en la Península:
la manchega ciudad de Oreto (que al día de hoy sigue deshabitada)
y Complutum/Alcalá. Porque, en agradecimiento a los servicios
recibidos, el rey Alfonso VII (sobrino de Alfonso VI) hizo donación,
en el año de 1125, de estas tierras al arzobispado de Toledo,
que las asumió dentro de su ya amplia diócesis.
El sucesor de D. Bernardo, el también galo D. Raimundo (Ramond),
otorgó el primer ordenamiento para Alcalá, el "Fuero
Viejo", en 1135. Un texto redactado en latín, del que
lamentablemente no se conserva copia. Arzobispos posteriores actualizaron
y remozaron este Fuero, hasta llegar a D. Rodrigo Jiménez de
Rada quien, en el año de 1223, toma el texto previo con sus
sucesivas añadiduras, lo actualiza y refunde, dando lugar al
"Fuero Extenso" (ya en lengua romance) para la villa de
Alcalá. Este se mantuvo en vigor hasta que, en febrero de 1509,
el Arzobispo y Cardenal D. Francisco Jiménez de Cisneros, establece
el que se dio en llamar "Fuero Nuevo".
Anteriormente, existían fueros diferentes para la villa de
Alcalá, por una parte, y su alfoz por otra; posiblemente el
Fuero Viejo inicial tuviera también vigencia sobre las villas,
aunque fuera de manera parcial. Sin embargo, el Fuero Nuevo de Cisneros
unificaba criterios, teniendo jurisdicción sobre ambos, villa
y alfoz.
Las poblaciones sobre las que este Fuero Nuevo tenía autoridad
eran, además de Alcalá de Henares: Ajalvir, Camarma
de Esteruelas, Daganzo de Abajo, Torrejón de Ardoz, Valdemora,
Arganda, Ambite, Anchuelo, Bilches, Campo Real, Carabaña, Corpa,
Los Hueros, Loeches, La Olmeda, Orusco, Perales de Tajuña,
Pezuela de las Torres, Querencia, Santorcaz, Los Santos de la Humosa,
Tielmes, Torres de la Alameda, Valtierra, Valmores, Valverde de Alcalá,
Villar del Olmo, Valdilecha y Villalbilla. Algunas de ellas, hace
tiempo que se convirtieron en despoblados.
Sin embargo, para lo que conocemos con el nombre del Común
de Villa y Tierra de Alcalá, una especie de "mancomunidad
de bienes e intereses" constituida por unos determinados núcleos
urbanos, la relación de poblaciones es algo diferente (véase
mapa en enlace inferior). Una nómina de veinticinco villas,
que fluctuó con el pasar del tiempo. Hasta que el cambio de
las edades, vino a poner fin a esta Institución Comunal.
Además, conviene tener presente un detalle relevante: aunque
a veces se tiende a mezclar conceptos y denominaciones, no es lo mismo
hablar de la Comarca de Alcalá (una unidad
territorial geográfica y cultural amplia), el alfoz
de Alcalá (aldeas o villas dependientes jurisdiccionalmente
de Alcalá), el Común de Villa y Tierra
(mancomunidad de bienes, como ya hemos dejado escrito, con intereses
determinados), o el Partido Judicial de Alcalá.
Tampoco eran coincidentes las dependencias religiosas, principalmente
del arzobispado de Toledo, con las dependencias seglares, que estaban
fijadas por la autoridad civil. Ni tenía la misma consideración
que unas poblaciones fueran de realengo, o estuvieran bajo la jurisdicción
episcopal, o que fueran Señorío seglar... Por si estas
divisiones no fueran suficientes, a lo largo de los siglos vieron
también modificados sus límites territoriales, las poblaciones
que los componían, su estructura y jurisdicción...
Fuere de la manera que fuere, la vecindad, los intereses más
o menos comunes, el trasiego de personas, mercaderías, las
relaciones por siglos, Historia y Cultura comunes, han ido conformando
un espíritu peculiar, compartido, en constante evolución.
Una entidad e identidad que no debe desaparecer.
El Común de Villa y Tierra de Alcalá. Organización
Siguiendo a D. Miguel Mayoral Moraga (1994, ver bibliografía
abajo), haremos una breve semblanza de la estructura y órganos
de gobierno, gracias a la copia elaborada en 1696 (que se conserva,
aunque incompleta), de las Ordenanzas del Común aprobadas en
el año de 1560. Ordenanzas que regían esta 'comunidad
de bienes'.
En primer lugar, como cabeza visible de la organización y regimiento
del Común, encontramos al Procurador General del Común,
el cargo de mayor importancia. Éste, a su vez, estaba asistido
por un Escribano, el segundo en importancia. Además, estaban
los denominados Sacados o Sexmeros, en un total de cinco: uno por
cada Cuarto (había cinco cuartos). Todos ellos recibían
su nombramiento por un período de dos años, habiendo
sido elegidos por los Contadores. Estos Contadores, a su vez, eran
los encargados de revisar las cuentas cada vez que se producía
un relevo de cargos. Y, finalmente, estaba la figura del Escribano
de Cuentas, que asistía a los Contadores.
Si los cargos anteriores eran elegidos por los Contadores, ¿quién
y cómo los elegía a ellos? Siguiendo a Mayoral Moraga:'dentro
de los veinte días siguientes al cumplimiento de los dos años
de ejercicio de sus cargos, los oficiales salientes tenían
que convocar al Común (convocatoria que se solía realizar
mediante "cédula" del Escribano, llevada por los
Sexmeros o Sacados a cada uno de los lugares de su Cuarto). Una vez
reunido el Común, cada Cuarto (representantes de todos los
lugares del mismo) elegía a su Contador. Eran cinco Cuartos;
por tanto, cinco Contadores'.
En el plazo de cuarenta días, los Contadores revisaban las
cuentas. Una vez hecho esto, tenían cinco días para
nombrar Procurador y Escribano (vecinos del Cuarto al que le correspondiera,
por turno), así como los correspondientes Sacados o Sexmeros
de cada Cuarto. Había en esto un requisito: el Procurador saliente,
debía ser elegido como Sacado de su Cuarto para los próximos
dos años.
Como retribución por sus servicios se les fijaba salarios y
'dietas', según su responsabilidad, además de estar
exentos de pagar pechos (impuestos) durante su cargo; exceptuando
el de alcabalas.
En cada renovación de cargos, se fiscalizaban las cuentas,
como se ha apuntado más arriba, y se hacía inventario
de escrituras, provisiones, etc. Estas escrituras, de importancia
trascendental, eran guardadas dentro de un arca de dos llaves (una
a cargo del Procurador; otra, del Escribano), que se mantenía
por los años de mandato en el lugar de donde fueran originarios
ambos. Es decir, que el arca, con todo su contenido, cambiaba de lugar
según cambiaban sus responsables.
Cuando cesó el Común, cesaron los traslados y esta arca
acabó cayendo en el olvido. Escribía hace tiempo D.
José García Saldaña, investigador alcalaíno
ya desaparecido, que "el archivo de esta mancomunidad, o
como queramos llamarla, se conserva en Pozuelo del Rey, cuando menos,
hasta 1921. Dudo mucho que subsista, pero si alguien lograra investigar
el tan riquísimo venero hallaría, sin duda, noticias
muy interesantes". Y así ha sido, al parecer. En
fechas más recientes, se ha localizado ese archivo en el lugar
indicado y, por lo que sabemos, se está trabajando en sus fondos.
Por lo que es de esperar que, en un futuro cercano, haya más
noticias acerca de esta Institución secular e identitaria que
fue el Común de Villa y Tierra de Alcalá.
JR - Diciembre 2008